Convenio SOLAS – MBV (VGM) – México

Acredita tu MBV (o VGM) en México

Últimamente habrás oído hablar de la MBV, Masa Bruta Verificada, o VGM (Verified Gross Mass, por sus siglas en inglés), una nueva regulación del Convenio SOLAS acordado por la Organización Marítima Internacional (OMI).

Según esta regulación, adaptada a México por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a partir del próximo 1 de julio, todos los productores, expedidores o consolidadores tienen la obligación de certificar su MBV antes de embarcar cualquier mercancía. De lo contrario, esta no podrá ser embarcada por las navieras y, todos los involucrados en el proceso de exportación pueden quedar expuestos a multas, retrasos y otros sobrecostos.

Básculas calibradas y verificadas por la SCT

Muchas preguntas surgen en torno a esta nueva regulación. Para tratar de resolverlas, la SCT ha puesto en marcha una web. Sin embargo, cada caso es especial, y muchos de ellos tienen que interpretarse adecuadamente. Para empezar, el pesaje para obtener la MBV solo podrán hacerlo dos tipos de entidades:

  • Las terminales, siempre que cuenten con básculas calibradas y verificadas para poder realizar los pesajes.
  • Empresas de pesaje que también cuenten con estas básculas y que estén autorizadas y acreditadas por las navieras para obtener la MBV.

Efectivamente, la cuestión es contar con estas básculas, que necesitarán pasar unos procesos de aprobación, calibración y verificación para poder emitir el documento que acredite la MBV o VGM.

“La responsabilidad de obtener y documentar la masa bruta verificada de un contenedor lleno recae en el productor, expedidor o consolidador.” (Secretaría de Comunicación y Transporte)

Camion SOLAS

¿Qué métodos se emplean para obtener la MBV?

La MBV es la suma de los pesos de la mercancía, el contenedor y todos los elementos de sujeción, seguridad y amarre (e izaje, según la metodología empleada para pesar todos los elementos).

  • Si traemos nuestra mercancía en un camión con un contenedor cerrado y sellado (especialmente en los casos de FCL), debemos restar el peso del camión (tracto y plana o chasis) al valor que nos indique el tapete o puente de pesaje después de pesarlo con el contenedor.

MBV 1

  • Si pesamos nuestra mercancía por separado (especialmente en los casos de LCL), debemos asegurarnos de que sumamos todos estos valores: el peso de la mercancía, los elementos de sujeción, el material para asegurar la mercancía y del contenedor vacío, para obtener la MBV.

MBV 2

  • Si pesamos nuestra mercancía por el método de izaje, debemos sumar todos estos valores: el peso de la mercancía, los elementos de sujeción, el material para asegurar la mercancía, el contenedor y los elementos de izaje, para obtener la MBV.

MBV 3

La MBV, por tanto, no es el peso de la carga, o la suma del peso de la carga y el contenedor. Contiene muchos más elementos que debemos tener en consideración.

MBV 4

¿Cómo se calibran y verifican las básculas?

Como hemos dicho, las básculas tienen que estar aprobadas, calibradas y verificadas:

Icono Aprobación

APROBACIÓN

En el CENAM (o en laboratorios de calibración acreditados y aprobados) obtenemos el informe de calibración, y una vez que lo tengamos, la Dirección General de Normas de la SE nos autorizará las básculas.

Icono Calibración

CALIBRACIÓN

Nuestra báscula debe cumplir con la norma NOM-010-SCFI-1994 o, en su caso, procedimientos alternos que apruebe la Dirección General de Normas para instrumentos excluidos del ámbito de aplicación de dicha NOM. Esto lo haremos en un Laboratorio de Calibración autorizado por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

Icono Verificación

VERIFICACIÓN

El siguiente paso es solicitar a una Unidad de Verificación (UVA) o a la Procuraduría de la Defensa del Consumidor (PROFECO), que verifiquen la báscula. La cita se agendará entre 1 y 4 días de antelación, y la verificación dura aproximadamente de 4 a 5 horas, en lo que se revisa el instrumento de medición.

¿Qué documento obtenemos al realizar el pesaje?

Obtenemos un Certificado de Peso (ticket, engomado, hoja, etc.), emitido por el propietario del instrumento para pesar verificado o el responsable del mismo.

El Certificado de Peso es el documento en el que consta la MBV del contenedor cargado, cerrado y sellado o de cada carga, bulto, material de trincado, material de sujeción, madera, etc., que se vaya a introducir al contendor. Este documento debe incluir así mismo los siguientes datos:

  • Para un contenedor lleno (FCL): identificación del contenedor, vinculado con la identificación del instrumento para pesar, responsable del instrumento para pesar y el número de verificación del mismo.
  • Para contendor consolidado (LCL): si se trata de instrumentos para medir cargas sueltas, bultos, etc, los requisitos mínimos: identificación de la mercancía, la identificación del instrumento para pesar, responsable del instrumento para pesar y el número de verificación del mismo.

Izaje SOLAS

¿A quién debo enviar este documento?

Debemos enviar este Certificado de Peso con la suficiente antelación a diferentes entidades:

  • Al representante que esté gestionando bajo su nombre la reserva ante la naviera.
  • Al representante del puerto en destino, que debe tener conocimiento del VGM de nuestro contenedor antes de llegar al puerto en destino.

Este documento deberá ser presentado obligatoriamente de forma electrónica, y debe reflejar los valores de pesaje tanto vacío como lleno.

En definitiva, es esencial que nuestro contenedor disponga del Certificado de Peso (o boleto de pesaje, según el caso) con los datos de la MBV o VMG en el momento de ser embarcado, a fin de cumplir con la nueva regulación del convenio SOLAS. De lo contrario, no podrá hacerlo hasta que no disponga del mismo, podremos ser objeto de penalizaciones y la carga será retenida, o necesariamente transferida a algún almacén, con el consiguiente sobrecosto para las partes implicadas.